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domingo, 11 de octubre de 2009

Cañitas Negras y Duras....Durísimas!!! (2)

Irreverencia: La ciudadana Hilda Gómez, madre de Eduardo Baldera Gómez, el joven que fuera secuestrado en Nagua y felizmente liberado, agradeció al Todopoderoso por traer a su hijo sano y salvo. Que problema!! Al agradecer de ese modo al Todopoderoso, no le está haciendo un favor, porque los casos no resueltos y en que los secuestrados han terminado muertos, el Todopoderoso debe cargar con la culpa..... Unas van de cal y otras van de arena... O el que se come la masa debe comerse los huesos.. O no?..

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El jefe de la Policía mayor general, Rafael Guillermo Guzmán Fermín, en declaraciones al Periodico El Día, "aseguró hoy que en el momento oportuno dará a conocer los nombres de las personas que protegieron a los secuestradores del joven Eduardo Antonio Baldera". Fin de la Cita.

Parece que el Jefe de la policía o es nuy incauto o se está burlando de la "inteligencia" de la sociedad dominicana, porque con la admisión de que conoce la identidad de personas que forman parte de una asociacion de malhechores (los que participaron de alguna forma en la accion criminal del secuestro), el decide no denunciarlos y "encubrirlos", pero además viola flagrantemente la ley de la transparencia, negando al pueblo una información de interés público.

El "cirujano mayor" podrá alegar que su condición de ingeniero le libera del conocimiento de las leyes, pero alguno de los jueces que juzgará a los secuestradores, puede citarlo para que "ayude" al esclarecimiento del caso denunciando a los "encubridores de cuello blanco". Los encubridores son de izquierda de derecha o mancos?.......
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PRD.... El cuento de nunca Acabar...Por Favor....Cuando termine el suplicio de Guido.... y Miguel termine venciendo, pero no convenciendo, "como debe ser", pido a Orlando Jorge Mera, que me explique en detalles como es posible "vender dos veces un inmueble y permanecer como dueño del mismo". Pregunté a los sabios del colmadón de la esquima que como podía catalogarse la acción de Orlandito y me dijeron......... hermano eso es "echar un cubo".

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Manifestación Contra la Reforma Constitucional: Un grupúsculo de oportunista se manifestó contra la constitucion, cuya reforma aún no termina. "Magino, no relajes". Cual de los "manifestantes" conoce el nuevo texto constitucional?.... Excúsenme, pero hasta que no lea el texto completo de la nueva constitución, no moveré un dedo en contra de ella. Porqué?....Por hacer honor a las palabras del maestro cuando manifestó: "quién no investiga no tiene derecho a la palabra". Además, la lucha por un mundo mejor exige un poquito de formalismo. Okey?..Okey!!

sábado, 26 de septiembre de 2009

Desagravio a Nueve Legisladores Responsables y Coherentes con sus principios Democráticos!!!

El periódico Listin Diario, en su Sección La República del 26 de septiembre, proximo pasado, publico un articulo bajo el Titulo de "DIPUTADOS APOYAN ABORTO Y RECHAZAN LIBERTAD DE PRENSA" en el cual informaban lo siguiente, cito :

"Santo Domingo.- Un grupo de nueve asambleístas calificados como “progresistas”, quienes votaron en contra del derecho a la vida desde la concepción hasta la muerte, favorecieron en cambio establecer en la Constitución que la información ofrecida a través de los medios de comunicación tuviera una etiqueta de “veraz”, lo cual fue visto como un retroceso en los principios que habían enarbolado". (Las comillas son del L.D.)


El articulo continua, cito
: "El Colegio Dominicano de Periodistas, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa y directores de medios de comunicación consideraron esta acción de los legisladores “liberales” como un atentado a la libre expresión y difusión del pensamiento".

Y termina afirmando que "Los asambleístas que variaron repentinamente su posición fueron Víctor Terrero, Minerva Tavares Mirabel (Minou), Julio Brito, Juan Comprés, Juan Encarnación y Rubén Maldonado. Además, Karen Ricardo, Afif Rizek Camilo y Rafael Santana" . Fin de la cita y del artículo.

Al terminar de leer el artículo tuve la intención de no hacer ningún comentario, porque los directivos del Listín Diario, acostumbran mentir sin ningún cargo de conciencia pensando que la población no piensa. Pero no puedo callar ante el retorcimiento de la verdad, cuando aparecen como cómplices lo que estan en la obligacion de defenderla, los periodista.

Con solo leer el titular del artículo citado, comprobará que el mismo inicia con "una media verdad", cuando acusa a los nueve legisladores de apoyar el aborto, por su responsable posición de defensa del derecho de la mujer a una maternidad sin riesgo y a tomar sus propias decisiones en materia de reproducción; de la media verdad el mismo titular se convierte en un vulgar libelo cuando acusa a los mismos legisladores de oponerse a la libertad de expresión, porque tuvieron la osadía de votar porque en el texto constitucional se especificara que la información servida a la población, fuera veraz.

Al Listín que le vaya bonito en su inveterada práctica de mentir.

Ahora bién: A los periodistas agrupados en el Colegio Dominicano de Periodistas y en el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa, que aparecen "haciendo coro" con los dueños de los medios y acusando a los legisladores mencionados como opuestos a la libertad de expresión y difusión del pensamiento, queremos citarle a Marco Tulio Cicerón cuando en situaciones similares sostenía que "La verdad se corrompe tanto con la mentira, como con el silencio".

Que pensar? ..... No sabían los periodistas que mentían y de paso ofendían a un grupo de legisladores que resistieron con valor espartano todo tipo de chantaje de las iglesias cristianas, del Opus Deis, del Listín Diario, en fin una campaña mediática despiadada, solo por defender derechos básicos que en otros paises "tan jodidos" como el nuestro, no son elementos de discusión?......

Todas las constituciones que recogen en sus textos los derechos de última generación, incluídos el derecho de las mujeres a la libre decisión, también aceptaron como una cuestión de principios constitucionalizar la objetividad y la veracidad de la informacion servida a la población. Si aceptamos los argumentos esgrimidos contra los legisladores, debemos aceptar que estos países que asi actuaron, están en contra de la libertad de expresión y difusión del pensamiento.

Ah.... Pero también analizamos un conjunto de Códigos de Ética de los Periodistas Latino-americanos y todos los textos indican en sus articulados y en sus decálogos, el carácter veraz de la información como un principio innegociable. ¿Será posible que estén a favor del "retroceso" y contra la libertad de expresión y difusión del pensamiento. .

Como para muestra basta un botón, les presento 6 botones como muestra y sobra.

a.- El Codigo de Etica del Circulo de Periodista de Bogota, consigna entre sus principios el siguiente, Cito:

"INFORMACION VERAZ Y SUFICIENTE"

"Artículo 1º.- La comunidad tiene el derecho a estar informada veraz, suficiente y oportunamente y el periodista esta en la obligacion de informarla en esos términos".


b.- Constitución de la República de Ecuador, Cito:


Sección décima De la comunicación


"Art. 81.- El Estado garantizará el derecho a acceder a fuentes de información; a buscar, recibir, conocer y difundir información objetiva, veraz, plural, oportuna y sin censura previa, de los acontecimientos de interés general, que preserve los valores de la comunidad, especialmente por parte de periodistas y comunicadores sociales". Constitucion de Ecuador


c.- Constitucion de la Republica Bolivariana de Venezuela.


Artículo 58. °La comunicación es libre y plural y comporta los deberes y responsabilidades que indique la ley. Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin censura, de acuerdo con los principios de esta Constitución, así como a la réplica y rectificación cuando se vea afectada directamente por informaciones inexactas o agraviantes. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir información adecuada para su desarrollo integral.´´


d.- Constitucion de Colombia:


Art. 20. Se garantiza a toda persona la libertad de expresar su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación.


e.- codigo de etica del colegio dominicano de periodistas


Seccion I DE LA LIBERTAD DE PRENSA E INFORMACION


Art. 3.- Será derecho del periodista luchar por el libre acceso a las fuentes públicas y privadas de información, para comunicar e interpretar los hechos con objetividad, veracidad y exactitud.


Seccion II DEBERES Y DERECHOS ANTE LA SOCIEDAD



Art. 9.- El periodista velará porque el público tenga acceso a una información fidedigna de los hechos, manejados objetiva e imparcialmente. Asimismo, verificará y comprobará la información con precisión y claridad.

Seccion VI DEL PERIODISTA Y LA FUENT
Art. 38.- El periodista deberá recurrir a las fuentes que merezcan mayor garantía, verificando siempre sus informaciones, a fin de que éstas sean veraces.


CODIGO DE ETICA : Ver documento completo


Continuará......................

domingo, 9 de noviembre de 2008

Aborto: El Derecho a Decidir.



PROPUESTA REFORMA CONSTITUCIONAL COLOCA A R.D. De espalda al mundo desarrollado

UNAS VAN DE CAL…………………….
Acepto que al iniciar la lectura de la propuesta para la modificación del texto constitucional me llene de ilusión, porque en su articulado incluye una serie de derechos relativos a la dignidad humana y a los derechos sexuales y reproductivos de las personas, a la igualdad de género y a la necesidad de que el estado garantice la participación de la mujer en todos los escenarios, en igualdad de condiciones que los hombres. Estos derechos y los relativos a la protección del medioambiente y a la privacidad de la data personal, son considerados como derechos de última generación.

OTRAS VAN DE ARENA………
Sin embargo en el texto propuesto, el Presidente de la república introdujo de contrabando un tema polémico e inconcluso, que se mantiene en la agenda de trabajo del Congreso Nacional pendiente de un vivo proceso de discusión, análisis, vistas públicas, y decisión final de aprobación o rechazo.
Nos referimos al tema del Aborto. El artículo en cuestión está contenido en la Sub-Sección 3, de los Derechos Constitutivos de la Personalidad que reza de la siguiente manera: “Articulo 30. El derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte. No podrá establecerse, pronunciarse ni aplicarse, en ningún caso, la pena de muerte”. Este artículo sustituye y transforma el Artículo 8 de la Constitución del 2002.

La Conceptualización no es nuestro fuerte…………pero el Articulo 30 es un Adefesio Jurídico… ¿Qué paso Excelencia?.....

Así como está redactado este artículo viola una serie de derechos que en principio pretende proteger, entre ellos el derecho de las mujeres a la protección de la salud y a la maternidad sin riesgo.
En este sentido el artículo 30 es incongruente con el mismo principio que postula, debido a que condena a muerte a esa misma mujer que pretende salvar, en aquellos casos de estado grávido de alto riesgo incompatible con la vida misma.

Para muestra un botón: Una mujer en estado de embarazo es admitida en un centro de salud por sangrado profuso transvaginal y se diagnostica “Aborto en Curso”. Sin la existencia del Artículo 30, el médico (o médica) examina el estado general de la paciente y principalmente el estado del su cuello uterino (Cérvix). Si este ultimo esta permeable, es decir que está abierto, estamos frente a un aborto inminente y el comportamiento inmediato es practicar un legrado (limpieza) del útero, como única forma de detener la hemorragia. Muchas muertes maternas dependen de la rapidez y destreza del personal de salud presentes en este tipo de emergencia.

Con el Artículo 30 pendiendo sobre nuestra libertad, como una espada de Damocles, no podemos hacer nada, hasta que estemos completamente seguros (y con testigos presenciales) de que el “producto” (embrión) está muerto, porque la claridad del artículo es meridiana: El derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte. Aunque no es fácil probar la viabilidad (posibilidad de vivir) del embrión, tenemos que esperar……..y en la espera muere la madre….. Bueno y ahora? Hemos cumplido con la constitución porque no atentamos contra la vida del embrión, pero violamos la constitución en el segundo dispositivo que reza No podrá establecerse, pronunciarse ni aplicarse, en ningún caso, la pena de muerte, porque no salvamos la vida de la madre…….

La Situación es clara….. Hemos respetado la constitución porque no atentamos contra la vida del embrión, pero violamos la constitución por condenar a muerte a la madre ....

Otro ejemplo: A partir de la existencia del Articulo 30, nada podemos hacer con un diagnostico precoz de embarazo ectópico, porque debemos esperar una ruptura de trompas para intervenir…….y la ruptura de trompas puede significar la muerte de la madre. Se repite la disyuntiva anterior.

Escenas como estas son cotidianas en el ejercicio de la práctica médica y para las personas que laboran en los hospitales obstétricos la toma de esta trágica decisión es parte de su ejercicio diario.

OTRO DERECHO VIOLADO:

Todas las personas tienen derecho a estar libres de la interpretación restrictiva de textos religiosos, creencias, filosofías y costumbres como instrumentos para limitar la libertad de pensamiento en materia de atención de su salud sexual y reproductiva. También el referido al hecho de que todas las mujeres tienen derecho al acceso a información, educación y servicios adecuados para la protección de su salud reproductiva y su maternidad segura.

En este mismo orden toda la población en edad reproductiva también tiene derecho al acceso a la gama más amplia posible de métodos anticonceptivos seguros, efectivos y aceptables para la regulación de su fertilidad, así como a la libertad de usarlos para evitar embarazos no planeados que suelen conducir a abortos, que practicados en condiciones de alto riesgo pueden terminar en la muerte de la mujer.

El texto constitucional propuesto es el resultado de un largo proceso de consultas populares y de ciento once propuestas (111) de la sociedad civil, partidos políticos, grupos sociales ecologistas, religiosos, universidades y personalidades independientes. Analizado el contenido de las 111 propuestas solo dos (1.8%) recomendaron el cambio del articulo 8 de la Constitución vigente. ¿Quiénes fueron y que propusieron?

1.- CONFERENCIA DEL EPISCOPADO DOMINICANO:

Propuesta:
"Respecto al derecho a la vida, en concreto, se debe dejar claro y explícitamente que el derecho a la vida lo es desde el primer momento de su gestación hasta su término"

2.- PASTORAL JUVENIL
Propuesta:- Que se establezca constitucionalmente como norma sagrada del Estado el respeto al valor de la vida, DESDE SU CONCEPCION HASTA SU MUERTE NATURAL.

De las demás 109 organizaciones, grupos y personalidades participantes en las propuestas (98.2%), ninguna planteo este tipo de cambio. Lo interesante es que la pastoral viola el derecho a estar libre de la interpretación restrictiva de textos religiosos, de forma tan descarada que plantea en su propuesta: Que se establezca constitucionalmente como norma sagrada del Estado… y como norma constitucional la aceptó el presidente sin importar los derechos del “chin” de organizaciones que no opinó sobre el tema……

Al establecer el mandato religioso de “Que se establezca constitucionalmente como norma sagrada del estado “y el gobierno aceptarla en su propuesta, viola flagrantemente el mismo texto constitucional propuesto en su Artículo 36, que reza:
Articulo 36. El Estado garantiza la libertad de conciencia y de cultos, con sujeción al orden público y respeto a las buenas costumbres.

INSOLITO!!!!! LA PROPUESTA DE MODIFICACION CONSTITUCIONAL NOS COLOCA DE ESPALDA AL MUNDO CIVILIZADO Y AL DERECHO INTERNACIONAL ¡!!!!!
Por último el Articulo 30 viola, además, derechos humanos consagrados en acuerdos, convenios y tratados internacionales aceptados universalmente y el mismo es incongruente con el contexto jurídico de la reforma, en la parte correspondiente a las Relaciones Internacionales y el Derecho Internacional que consigna que “Las normas vigentes de convenios internacionales regularmente ratificados regirán en el ámbito interno una vez que se hayan publicado oficialmente.”

El ABORTO EN EL MUNDO:




MAPA MUNDIAL QUE INDICA LA SITUACION JURIDICA DEL ABORTO.

El aborto solo se prohíbe en los países coloreados de rojo (aunque en la mayoría se permite para salvar la vida de la madre o en aquellos casos de violación o incesto. En los demás países (rosado, amarillo, azul y blanco) se acepta por causas diversas que van desde el peligro de locura, salud mental, hasta problemas socioeconómicos. En todos los casos la edad del producto es vital para tomar una decisión final.

POBREZA EXTREMA… Y CARDENALES/GENERALES AHITOS DE PODER Y RIQUEZAS…………….

Cuáles son las condiciones socioeconómicas de los países que se oponen al aborto? Altas Tasas de Mortalidad Materna e Infantil, Desnutrición, Altas Tasas de Morbilidad y Muerte provocadas por enfermedades prevenibles por vacunas o por pequeñas medidas de prevención, Desempleo, Embarazos en Adolescentes, Deserción Escolar en niveles inaceptable, inequidad, dependencia política vergonzante; y por otra parte somos paises acogotados por creencias, costumbres, mitos y tabúes que limitan el desarrollo; alimentadas estas creencias por un poder eclesial eterno y anacrónico.

Por otra parte en ninguno de estos países se han implementado programas de enseñanza laica, programas de educación sexual, políticas de transparencia,….No, seguro que no,…….pero apuesto PESO A MORISQUETA! que todos tienen un Cardenal/General, Obispos/Generales y una cúpula religiosa ahíta de poder y dinero, y opuesta a todo tipo de progreso y bienestar de la mayoría de los pueblos.……