domingo, 12 de abril de 2009

El Respeto al Derecho Ajeno es La Paz.........Don Benito Juarez

El Cardenal dominicano monseñor Nicolás de Jesús López Rodríguez, tronó el fin de semana al referirse a la Reforma Constitucional y especificamente al Articulo 30 de la misma, cuando llamó "carniceros a los médicos que apoyan el aborto; y mercaderes de la vida, a los legisladores que están detrás de la pieza".

La voz del Cardenal se sumó al coro integrado por los sacerdotes catolicos y diáconos, responsables de pronunciar el Sermón de las Siete Palabras, el Viernes Santo, quienes utilizando el mismo lenguaje del Cardenal denunciaron a los legisladores, a los medicos y a todos los sectores que defienden el derecho de las parejas a la libre decisión, como "mensajeros de la muerte".

Por la amplia cobertura ofrecida por los medios de comunicación al referido tema y del apoyo editorial de importantes medios impresos y de analistas de la radio y la televisión a la posicion del Cardenal, de los sacerdotes católicos y de los diáconos, podemos asegurar que enfrentamos una verdadera embestida de los grupos fundamentalista opuestos al inevitable avance de los pueblos hacia sociedades donde se respete el derecho de la poblacion a la libre decisión.

La denuncia de criminales a los medicos y de mercaderes a los legisladores, es una muestra de intransigencia del Cardenal, una expresión de chantaje y una muestra manifiesta de desesperación ante la ausencia de argumentos válidos que justifiquen su antihistorica y errada posición.

1._ Si aceptamos que los medicos que apoyan la despenalizacion del aborto son criminales, y los legisladores mercaderes......debemos considerar y decidir si la acusación la hacemos extensiva a todos los medicos de la culta, milenaria, catolica, apostolica y romana República de Italia, donde se aprobó desde el 1978 la Ley que permite el aborto en determinadas condiciones...Y que hacer con su parlamento, que contrariando a su vecino El Vaticano, aprobó la Ley???

Pero, de que acusamos a las mujeres Italianas que deben firmar su consetimiento para la practica del aborto, al médico que debe certificar el embarazo y autorizar el aborto; y a las madres que deben autorizar el mismo, en los casos de mujeres menores de 18 años????..........

Señores Sacerdotes......todos los parlamentos de Europa, de la educada, rica, culta y milenaria Europa, ejemplo a seguir por todos los pueblos del mundo que luchan por sus libertades, aprobaron hace muchos años la despenalización del aborto............Son mercaderes?....

Me niego a aceptar que los circunspectos y fríos parlamentarios del Reino Unido (Inglaterra, Gales y Escocia) sean mercaderes, porque aprobaron una ley de despenalización para salvar la vida de una mujer, por razones de salud, sociales o económicas. Pero hasta los fundamentalistas, radicales y terroristas de Irlanda del Norte, aceptaron la nueva ley, condicionada a aquellos casos en que "la salud de la mujer corre riesgos".

Son mercenarios además los Alemanes, Franceses, Austríacos, Belgas, Bulgaros, Chipriotas, Daneses, Españoles, Grecos, Lituanos.........y una larga lista....con una sola excepción, la minuscula República (insular) de Malta, con 387,000 habitantes, que al no aprobar la ley, pasó a ser el último reducto de los fundamentalista en Europa.

2.- Si se analizan cada una de estas legislaciones es facil comprobar que en todas, la practica del aborto esta sujeta a determinadas condiciones especiales, relativas a la salud de la madre, o a embarazos producto de una violación, incesto, o por problemas de formacion que limitan el desarrollo normal de un producto. En todas además hay un límite gestacional, que impide ofrecer un aborto por encima del mismo. En la mayor parte de los países este límite gestacional no excede las 12 semanas.

3.- Defendemos el derecho de los/as médicos/as a ejercer sin temor la practica médica.

El articulo 30 de la Reforma Constitucional, tal como está escrito fué una propuesta de La Pastoral Juvenil y del Episcopado Dominicano y reza textualmente: “Articulo 30. El derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte. No podrá establecerse, pronunciarse ni aplicarse, en ningún caso, la pena de muerte”.

Así como está redactado este artículo viola una serie de derechos que en principio pretende proteger, entre ellos el derecho de las mujeres a la protección de la salud y a la maternidad sin riesgo.

En este sentido el artículo 30 es incongruente con el mismo principio que postula, debido a que condena a muerte a esa misma mujer que pretende salvar, en aquellos casos de estado grávido de alto riesgo incompatible con la vida misma.

Para muestra un botón: Una mujer en estado de embarazo es admitida en un centro de salud por sangrado profuso transvaginal y se diagnostica “Aborto en Curso”. Sin la existencia del Artículo 30, el médico (o médica) examina el estado general de la paciente y principalmente el estado del cuello uterino (Cérvix). Si este ultimo esta permeable, el diagnostico no deja lugar a dudas: aborto inminente y el comportamiento inmediato es practicar un legrado (limpieza) del útero, como única forma de detener la hemorragia. Muchas muertes maternas dependen de la rapidez y destreza del personal de salud presentes en este tipo de emergencia.

Con el Artículo 30 pendiendo sobre nuestra libertad, como una espada de Damocles, no podemos hacer nada, hasta que estemos completamente seguros (y con testigos presenciales) de que el “producto” (embrión) está muerto, porque la claridad del artículo es meridiana: El derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte. Aunque no es fácil probar la viabilidad (posibilidad de vivir) del embrión, tenemos que esperar……..y en la espera muere la madre….. Bueno y ahora? Hemos cumplido con la constitución porque no atentamos contra la vida del embrión, pero violamos la misma al no salvar la vida de la madre…….

Señores Sacerdotes .......y en el Embarazo Ectopico........que debemos hacer ?.........

Volveremos...................... este proceso es largo......tenemos tiempo.




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